Constitucionalistas: el Presidente se equivocó
Manuel Fuentes y Elías Huerta afirman que la Carta Magna no establece expresamente que el matrimonio sea entre un hombre y una mujer.
Es errónea la interpretación que hace el presidente Felipe Calderón sobre la conformación de la familia y los matrimonios entre personas del mismo sexo; por el contrario, sus declaraciones incitan la discriminación, coincidieron especialistas en derecho.
“No hay una coincidencia en este punto de vista, porque esto de estar objetando los matrimonios entre personas de un mismo sexo es objetar la misma Constitución.
“En el artículo primero establece una prohibición a la discriminación y el hecho de que se esté planteando un tema donde se restringe la posibilidad de un derecho como el matrimonio, finalmente es un acto de discriminación y no respeto a las garantías”, afirmóManuel Fuentes, presidente de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos.
El artículo 4 constitucional señala que el varón y la mujer son iguales ante la ley, y será la misma que protegerá la organización y el desarrollo de la familia; sin embargo, en ninguno de sus nueve párrafos existe una definición explícita de cómo se debe constituir un matrimonio.
“No es cierto que la Constitución establece que el matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer, esta posición es totalmente fuera de ser; el (artículo) 4 habla en relación a que el varón y la mujer serán iguales ante la ley, no habla en relación al matrimonio, es una connotación totalmente diferente a lo que se está señalando.
“No es restrictivo en la Constitución, porque lo que se hace es dar garantías a los ciudadanos en general independientemente de su sexo y preferencia sexual”, agregó el especialista en derecho.
Durante su viaje a Japón, Felipe Calderón aseguró que en la Constitución se habla explícitamente del matrimonio entre hombre y mujer, de ahí que apoye la acción de inconstitucionalidad que la PGR promovió ante la Corte.
Lo anterior, para impugnar las reformas legales al Código Civil que aprobó el Pleno de la Asamblea Legislativa del DF para permitir la unión legal entre personas del mismo sexo.
A su vez, Elías Huerta, presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, explicó que el mandatario hizo una declaración no apegada a la ley, aún cuando su intención es defender el bien supremo de la familia que es la procreación.
“La Constitución no establece expresamente que el matrimonio se trata de un hombre y una mujer para procrear la especie. Considero que no es una declaración apegada a derecho.
“Está un poco defendiendo el bien supremo de la familia y en efecto, pero yo no encuentro en la Constitución una expresión literal que matrimonio debe ser la unión entre un hombre y una mujer para preservar la especie”, enfatizó.
En tanto, para Miguel Carbonell, catedrático de la UNAM e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, la demanda interpuesta por la PGR ante la Corte carece de fundamento jurídico, pues el matrimonio gay no viola la Constitución.
En entrevista con la agencia de noticias sobre diversidad sexual Anodis, el académico sostuvo que la ALDF actuó dentro de sus facultades para legalizar estas uniones y amplía las posibilidades de terminar con la discriminación.
“Lamentamos que el Presidente dé una postura que no le corresponde, porque estas acciones en lugar de fortalecer los derechos humanos son una posición parcial y discrecional”, reiteró Elías Huerta.
PRD: homofobia de Estado
La fracción del PRD en la Cámara de Diputados acusó al gobierno de Felipe Calderón de promover la homofobia de Estado y alentar los crímenes de odio contra la comunidad lésbico gay, al impugnar la legalización de los matrimonios homosexuales en el Distrito Federal.
Advirtió, además, que el Ejecutivo miente al afirmar que la Constitución Política habla “explícitamente” del matrimonio entre mujer y hombre, cuando no existe artículo alguno que haga esa precisión.
El coordinador de los diputados federales del PRD, Alejandro Encinas, exigió al mandatario respeto a los derechos civiles de los homosexuales, pues dichas garantías son el principio rector que regula la relación entre el ciudadano y el Estado.
“El principio rector que debe regular la relación entre los ciudadanos y el Estado es el respeto pleno a sus derechos civiles y, dentro de esos derechos civiles, está la libertad de profesar una religión, una ideología, una filosofía y también el derecho a establecer relaciones personales de acuerdo con sus propios convicciones e intereses”, dijo.
Encinas remarcó que la norma legal debe estar por encima de la norma moral y religiosa.
La impugnación
• Estos son los artículos que impugnó la PGR ante la Corte, para promover la acción de inconstitucionalidad de las bodas gay y la adopción por parte de estas parejas.
• Artículo 146.- Matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua.
• Artículo 391.- Los cónyuges podrán adoptar cuando los dos estén conformes en considerar al adopatdo como hijo y aunque sólo uno de ellos cumpla el requisito de la edad que es de 25 años.
México • Leticia Fenrández, Fernando Damián y Daniel Venegas
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